viernes, 29 de julio de 2016

El Derecho Agrario del Posconflicto

Cuando en 2013 se aprobó el punto 1 de los acuerdos de La Habana, no se tuvo en cuenta que éste aún debe formalizarse para garantizar la estructura de la tenencia de la tierra, dentro de un nuevo Derecho Agrario del Posconflicto, el que necesita además integrarse dentro de un Plan de desarrollo Rural, sobre el cual hay que efectuar las siguientes apreciaciones, para los próximos diez años:

La Excesiva concentración de los índices de la tierra, que se acentuó cuando los narcotraficantes se apoderaron de los valles de los ríos Cauca y Magdalena, ha hecho que algunas personas consideren que hay en el acuerdo amenazas a la propiedad o seguridad jurídica sobre la tierra en Colombia o que se presentarán situaciones de despojo arbitrario. Pero, debe haber un compromiso para la Reforma Rural Integral - RRI del posconflicto, diferente a la clásica reforma agraria, incentivando la creación del Fondo de Tierras que tenga una disponibilidad para asignar mínimo tres millones de hectáreas para entregar a campesinos sin tierra o “sin tierra suficiente”, a trabajadores con vocación agraria, desplazados y a hombres y mujeres cabeza de familia, aunque no está claro el Censo de familias beneficiarias, que se estima puede ser de 250.000 a 300.000 familias.

En los acuerdos se incluyó la creación de un Banco de Tierras, el cual, se debe nutrir de las ocho fuentes que se señalan en el texto aprobado:
a)      Tierras adquiridas con el subsidio integral provisto por el Estado.
b)      Tierras adquiridas por los campesinos con créditos blandos.
c)      Tierras donadas.
d)      Tierras expropiadas por motivos e interés social.
e)      Tierras inexplotadas recuperadas del actual, sistema de extinción Administrativa de dominio por incumplimiento de la función social y ecológica.
f)        Tierras provenientes de extinción judicial en favor de la nación. Ej: Estupefacientes tienen cerca de 500.000 hectáreas con esa vocación, pero abogados y testaferros afectan esta fuente.
g)      Tierras provenientes de la desafectación de áreas de la ley 2 de 1959, que protegía bosques donde ya no los hay y que hoy no pueden adjudicarse.
h)      Tierras recuperadas para la nación de baldíos indebidamente apropiados o adjudicados, que es cerca de un millón de hectáreas.

Para esto es necesaria la formalización de la tenencia de la tierra como propósito central que preside las políticas agrarias del posconflicto; reactivar la Jurisdicción Especial Agraria y modernizar el Catastro Nacional, del Censo Rural, el Predial y uso del suelo.

Un punto clave es el de financiar las ZONAS DE RESERVA CAMPESINA, para lo cual, las FARC había pedido 54 zonas que equivalían a nueve millones de hectáreas con autonomía política, administrativa, judicial y presupuestal. Por fortuna, para muchos, se les dejó sin autonomía, siguiendo los parámetros de la ley 160 de 1994.

Es necesario también desarrollar los PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL CON ENFOQUE INTEGRAL -PDEF- , lo cual implica la erradicación de cultivos ilícitos; la participación comunitaria y, la priorización de las zonas para desarrollo rural por niveles de pobreza, grupos de afectación del conflicto, debilidad institucional, etc.

Para esto, debemos ser impulsores de la elaboración de guías de inversión y presencia estatal en los ámbitos rurales durante el posconflicto, para lo cual se requiere ejecutar los siguientes planes: Plan Nacional de vías terciarias, de riesgo y drenaje; de salud rural: de educación rural; de constitución y mejoramiento de vivienda rural; de fomento a la economía solidaria y cooperativas rurales; de asistencia integral, técnica, tecnológica para investigación. Así mismo, planes para apoyar y consolidar ingresos para la familia campesina para promoción y comercialización de productos campesinos; para la protección social y garantías de derechos de los trabajadores rurales; y, para la creación de un sistema de seguridad alimentaria y nutricional para la población rural.

Hay que indicar que se incluyó en el acuerdo esta frase: “El gobierno se compromete a asegurar la financiación de todos los compromisos derivados del presente acuerdo”, lo cual conlleva preguntarnos: ¿Hay o no suficiente financiación? ¿Los planes sectoriales poseen recursos suficientes?; ¿Cuál es el costo fiscal del posconflicto rural? Para esto se requiere un punto del PIB por año: Ocho Billones de pesos anuales; es decir, se requieren 80 billones de pesos para el posconflicto rural que debe salir del Presupuesto Nacional, sector privado y cooperación internacional para que se haga sostenible la paz del futuro sin afectar el equilibrio presupuestal del país.

Para sacar adelante este punto del acuerdo, aún falta por desarrollar:
·        Crear un Consejo de Tierras sobre usos de la tierra en Colombia;
·        Elevar el Banco de Tierras a 20 millones de hectáreas;
·        Financiación para territorios campesinos como hoy ocurre con entes territoriales;
·        Freno a la extranjerización de la propiedad rural;
·        Impedir el acaparamiento de tierras;
·        Limitaciones al latifundio y delimitación de la propiedad agraria;
·        Límites a la extracción minera y conflictos por el uso de la  tierra;
·        Nueva ley de Ordenamiento Territorial;
·        Regulación a la producción de biocombustibles;
·        Revisión y renegociación de los Tratados de Libre Comercio – TLC - en lo agrario.


La raíz del conflicto colombiano se ha nutrido del conflicto agrario. ¡Es hora de validar nuestro territorio y retomar la vocación del campo para todos los colombianos!

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