viernes, 8 de mayo de 2015

Academia Boyacense de la Lengua

En el año 2010 se fundó en Tunja la Academia Boyacense de la Lengua como filial autorizada de la Academia Colombiana de la Lengua. Allí, con cinco años de trabajo, se ha venido editando con lujo de detalles la revista “Polimnia”, el nombre de la hija de Zeus y Mnemósine; era la musa de la poesía-lírica-sacra, es decir, la de los cantos sagrados. También se dice que inventó la lira y la agricultura. Otro nombre para una revista boyacense no podría ser otro.

En esta Academia, además del trabajo literario, lingüístico y lexicográfico –en particular sobre los boyacensismos-, se ha procurado limpiar, fijar y dar esplendor a la herencia etnográfica del Departamento.

A propósito de la expresión <equilibrio de poderes>, también es válido hoy en día, desde las Academias, referirnos al <equilibrio de las palabras>, particularmente del término discriminar, que tiene tres acepciones: Una primera es neutral y es sinónimo de distinguir, de diferenciar, sin valorar esto como algo bueno o malo. La segunda es valorativa en sentido positivo y alude a una capacidad intelectual de distinguir entre productos de diversas calidades y elegir el mejor entre ellos. La tercera es valorativa en sentido negativo y consiste en establecer una diferencia de trato injusta, arbitraria, carente de justificación, irracional o desproporcionada. Esta última es la significación habitual de la expresión en el ámbito jurídico.

Entre el principio de igualdad y el principio de no discriminación existe una relación estrecha, aunque no son lo mismo. Por ello, una más adecuada comprensión del vocablo discriminación exige relacionarlo con el principio de igualdad con base en la tradición aristotélica: tratar de la misma manera a lo igual, o tratar de diversa manera a lo desigual. La primera parte de la formulación clásica del principio de igualdad, que genera el mandato de tratar de la misma manera a lo igual, se denomina igualdad por equiparación, pues se cumple con dicho mandato si se equipara. De este modo, y en síntesis, el principio de igualdad se cumple no sólo cuando se trata de la misma manera a lo igual, vulnerando la igualdad por equiparación, sino también cuando se trata de diversa manera a lo desigual, vulnerando la igualdad por diferenciación.


El principio de no discriminación prohíbe establecer diferencias de trato entre los iguales. Sin embargo, en los últimos años algunos autores han comenzado a sostener que también existe discriminación cuando se trata de la misma manera a lo desigual, que se denomina discriminación por indiferenciación, que se explica más fácilmente como la «discriminación por indiscriminación» y «desigualdad por indiferenciación». La importancia de las  palabras, un estudio que debe estar en toda profesión.

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